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Niñera: ¿Trabajadora independiente o empleada?


Una pregunta recurrente para nuestro personal de atención al cliente se refiere a si una familia puede tratar a su niñera (u otro personal doméstico) como un trabajador independiente, proporcionar a la niñera un formulario 1099 en lugar de un W-2 y evitar todo el problema de los impuestos.

Si responde SÍ a todas las siguientes preguntas, la niñera o trabajadora doméstica ES su empleada:

  • La trabajadora doméstica proporcionó servicios en su casa privada, u otra casa privada, como parte de un acuerdo para los impuestos de niñera.
  • Usted pagó directamente al trabajador del hogar $ 2,400 o más por los servicios en el año (2021).
  • El trabajador del hogar tiene 18 años o más.

Un empleado doméstico debe recibir un Formulario W-2; solo los verdaderos trabajadores independientes reciben un formulario 1099. No existe un trabajador independiente de niñera: siempre tiene derecho a controlar su trabajo.

Para calificar como trabajador independiente, el trabajador debe mostrar factores que indiquen una verdadera independencia, como poder determinar cuándo (días u horas) y dónde se realiza el trabajo, trabajar para otros y proporcionar su propio equipo. Un ejemplo de un trabajador doméstico independiente es un jardinero que llega a la casa cuando es necesario o en un horario flexible, trayendo su propio equipo de jardinería. Además, un contratista independiente es libre de traer sus propios ayudantes, o hacer que otros realicen parte o todo el trabajo, sin consultar con el hogar.

Tratar indebidamente a un trabajador del hogar o cualquier trabajador como trabajador independiente a efectos fiscales y de seguros es una práctica conocida como “Clasificación errónea de empleados” y el Departamento de Trabajo de EE. UU., El IRS y 33 estados están trabajando juntos para acabar con esta práctica ilegal. Las quejas de salarios y horas y las reclamaciones por desempleo son dos acciones comunes que llaman la atención de las autoridades sobre la clasificación errónea.

Las niñeras, las amas de llaves y las personas que cuidan a las personas mayores a las que paga directamente la familia son casi siempre empleadas de las familias para las que trabajan. El derecho consuetudinario (no el código de impuestos, ni su contrato de trabajo por escrito) determina cuándo existe una relación entre empleador y empleado. Según la ley, un trabajador que presta servicios para usted es su empleado si puede controlar el horario de trabajo, lo que se hará y cómo se hará. No importa si le da a su niñera o cuidador una gran libertad, sino que tiene derecho a controlar el trabajo. No importa si el trabajo se realiza a tiempo completo o parcial. No importa si el trabajador vive con usted o no. No importa si se le paga por horas, por día o por salario. No importa cómo el empleado se refiera a sí mismo o cómo se refiera a él / ella en un contrato de trabajo. El IRS articula pautas estrictas que diferencian a los empleados de los trabajadores independientes para eliminar aún más la confusión (Consulte la Publicación 926 del IRS). Las niñeras, los cuidadores de ancianos, las empleadas domésticas, las amas de llaves y otros empleados domésticos generalmente se consideran empleados. Por lo general, está obligado a pagar todas las declaraciones de impuestos y las remesas si le paga al trabajador $ 2,400 o más en el año calendario (2021).

Posibles excepciones Las familias, así como las organizaciones como los centros de cuidado de niños y las organizaciones religiosas, a menudo utilizan una agencia como agencia de personal para trabajadores de cuidado de niños para cubrir vacantes temporales, brindar servicios de cuidado de recién nacidos o para eventos especiales. Si la familia / organización contrata a una niñera u otro cuidador a quien no le pagan directamente (le pagan a una agencia, por ejemplo) y la agencia de referencia establece el alcance del trabajo, la tasa de pago del cuidador, la agencia paga al cuidador y Incluso determina qué cuidador enviar, la familia / organización generalmente no se considerará el empleador del personal proporcionado por la agencia y la familia / organización no tendrá obligaciones de impuestos. En estos casos, la agencia proveedora es el empleador. Tenga en cuenta que los trabajadores de cuidado de niños o de ancianos proporcionados por la agencia a las organizaciones no se consideran empleados “domésticos” y el umbral salarial exento de empleo familiar anual descrito anteriormente no se aplica.

Sin embargo, si le paga a la agencia y la agencia no paga los impuestos, la familia / organización asume un riesgo considerable. ¿Cómo? Si el empleado presenta una queja, usted puede ser considerado COEMPLEADOR y, como tal, responsable de los impuestos. Es muy importante que establezca claramente, antes de contratar a la agencia, que es el empleador; búsquelo por escrito. Los riesgos adicionales cuando la agencia de referencia a la que le paga no paga los impuestos incluyen un accidente en el lugar de trabajo, una reclamación por desempleo o una disputa laboral por salarios no pagados o horas extra. En estos eventos, se considerará que la agencia O la agencia y la familia / organización en conjunto son el empleador y el gobierno estatal y federal recaudará felizmente todos los impuestos no pagados, junto con las multas o los intereses.

Si usted es una familia / organización que utiliza los servicios de personal de una agencia de niñeras, ASEGÚRESE de que la agencia haya clasificado correctamente a los trabajadores como empleados y que los impuestos y el seguro de compensación para trabajadores estén siendo pagados por la agencia. Se recomienda que esto se estipule en su contrato con la agencia de personal.

Ciertos profesionales como fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales y terapeutas del habla que vienen a su hogar para brindarle servicios profesionales especializados a usted o sus dependientes, generalmente serán tratados como trabajadores independientes y tendrán su propio seguro y pagarán sus propios impuestos. Tampoco está obligado a pagar impuestos sobre el dinero pagado a las siguientes personas por servicios domésticos o de cuidado de niños:

  • Su esposo
  • Su hijo menor de 21 años
  • Su padre A MENOS que el padre cuide a su hijo de 17 años o menos o un miembro adulto del hogar que tenga una afección física o mental que requiera cuidado personal Y usted sea a) divorciado y no se haya vuelto a casar b) viudo o viuda c) viviendo con su cónyuge cuya condición física o mental le impide cuidar de su hijo o hija.
  • Cualquier persona de 17 años o menor que sea estudiante.

Tampoco está obligado a pagar impuestos de Seguro Social y Medicare por un trabajador doméstico si el salario total en efectivo pagado no alcanza el umbral salarial anual, actualmente $ 2,400 por año (2021).

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